A
LOS AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL QUE OPERAN EN LAS DISTINTAS
CIRCUNSCRIPCIONES DE LA REPUBLICA
En
tanto se apruebe la modificación del procedimiento de “Autorización
y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24,
aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de
Aduanas Nº 236-2008-SUNAT/A, queda en suspenso lo señalado en el
comunicado publicado en este portal institucional el 02.06.2010:
http://www.aduanet.gob.pe/novedades/aduanas/comunicados/2010/junio/co020610.htm
Intendencia
Nacional de Técnica Aduanera
Callao,
13 de julio 2010 |