COMUNICADO

 

COMUNICADO – DEVOLUCIONES POR PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO

Se hace de conocimiento de los importadores, despachadores de aduana y público en general que a partir del 14/06/2006 entra en vigencia lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 066-2006-EF, publicado el 24/05/2006, que faculta a SUNAT a efectuar las devoluciones por pagos indebidos o en exceso por derechos arancelarios y demás tributos aplicables a la importación, multas e intereses, mediante la emisión de notas de crédito negociables, y la redención de las mismas mediante el giro de cheques no negociables.

Ver Decreto Supremo N° 066-2006-EF

En tal sentido, mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00323-2006-SUNAT/A, publicada el 14/06/2006 se aprueba el Procedimiento IFGRA-PG.05 Devoluciones por pagos indebidos o en exceso (versión 2), que establece las pautas para la atención de las solicitudes que se presenten al amparo de la norma mencionada.

Ver procedimiento IFGRA-PG.05

Dicho procedimiento incluye el formulario que debe ser presentado en el área de Trámite Documentario de las intendencias de aduana de la república por los usuarios que solicitan devolución por pago indebido o en exceso. El citado formulario puede ser impreso desde el siguiente link:

Formulario Solicitud de Devolución por pago indebido o en exceso – Aduanas

El formulario incluye la Cartilla de Instrucciones, que señala los datos a colocar en el formulario para su correcto llenado. Se agradece seguir dichas instrucciones. El formulario debe presentarse por cada documento cancelado y consignar los datos de la persona natural o jurídica beneficiaria de la devolución.

Cualquier consulta sobre el procedimiento a seguir en las devoluciones por pagos indebidos o en exceso, favor comunicarse con las áreas de Recaudación y Contabilidad de las Intendencias de Aduana a nivel nacional (en el caso de la Intendencia de Aduana de Tacna, comunicarse con la División de Técnica Aduanera)

Atentamente,

Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera

Callao, 20 de junio del 2006