COMUNICADO

 

Acogimiento al Sistema Especial de Actualización y Pago de Deudas Tributarias exigibles al 30 de agosto del 2000

Decreto Legislativo N° 914

Con la finalidad de facilitar el pago de la deuda tributaria aduanera, se les invita a los deudores tributarios para acogerse a este beneficio, siendo estos;

  • Pago fraccionado, con cuotas mensuales hasta el 2,011.(Tributos)
  • Pago al contado, con un descuento del 10%.(Tributos)
  • Extinción de multas

Para mayor detalle, consultar;

Para cualquier orientación adicional comunicarse con las Areas de Recaudación de las Intendencias de Aduanas a nivel nacional.

Gerencia de Gestión de Recaudación Aduanera
Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera