COMUNICADO

 

"DESPACHO ANTICIPADO DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO EN LAS ADUANAS MARÍTIMA Y AÉREA DEL CALLAO” INTA-PE.01.17-A – DESPACHOS CON GARANTÍA ARTÍCULO 160° DE LA LGA- IFGRA.PE.39"

La Intendencia Nacional de Sistemas comunica a los DESPACHADORES DE ADUANA, EMPRESAS PROVEEDORES DE SOFTWARE E IMPORTADORES que para garantizar las declaraciones  según lo establecido en el Procedimiento “Despacho anticipado de importación para el consumo en las aduanas marítima y aérea del Callao” INTA-PE.01.17-A y  procedimiento del “Sistema de Garantías Previas a la Numeración de la Declaración” IFGRA.PE.39, se deberá realizar la transmisión por Teledespacho de la siguiente forma:

Archivo  ADUAHDR1-Archivos de datos generales

En el campo 69 CCTA_PAEL se deberá consignar el Número de la Cuenta Corriente de la Garantía notificada al importador en su casilla de correo SOL ( SUNAT Operaciones en Línea).

Callao, 31 de Mayo de 2010

Intendencia de Nacional de Sistemas de Información.