Se
comunica a los usuarios de comercio exterior que deseen tramitar el
despacho anticipado con traslado a zona primaria con autorización
especial, en aplicación del Procedimiento de “Despacho Anticipado
de Importación para el Consumo en las Aduanas Marítima y Aérea
del Callao” INTA-PE.01.17-A, que la solicitud de Autorización
Especial de Zona Primaria debe ser debidamente motivada en relación
a la CANTIDAD, VOLUMEN, NATURALEZA DE LAS MERCANCÍAS O LAS
NECESIDADES DE LA INDUSTRIA O EL COMERCIO QUE ASÍ LO AMERITEN. En
tal sentido, la solicitud debe mencionar la motivación que
corresponda y contener la información y la documentación
sustentatoria pertinente, así como las especificaciones necesarias
que demuestren el carácter excepcional que justifique la autorización
temporal de la zona primaria.
El
presente comunicado reemplaza lo señalado en el literal c) del
Comunicado de fecha 05.04.2010.
Intendencia Nacional de Técnica Aduanera
Callao,
16 de junio de 2010
|