COMUNICADO

 

DIRIGIDO A LOS TRANSPORTISTAS DE CARGA INTERNACIONAL EN LA VIA MARITIMA, SUS REPRESENTANTES Y DESPACHADORES DE ADUANA – REGIMEN DE TRANSBORDO  

Se pone en conocimiento a los transportistas de carga internacional en la vía marítima, sus representantes y despachadores de aduana que para los casos de mercancías que serán sometidas al régimen de Transbordo modalidades 01 y 02,  no se debe consignar ningún código en el campo de “Terminal de Almacenamiento”, en la transmisión del Manifiesto de Carga ni en la solicitud de Transbordo.

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

Callao, 03 de junio de 2010