COMUNICADO

 

Disposiciones relativas a la aplicación del Decreto Supremo N° 004-2010-EF – Modificación de los Literales B y C del Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del IGV e ISC -

Como es de conocimiento público, mediante Decreto Supremo N° 004-2010-EF publicado el 14.01.2010 se modificó los literales B y C del Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado por D.S. N° 055-99-EF.

Dichas modificaciones están relacionadas con la aplicación del ISC a los Cigarrillos de Tabaco negro y Cigarrillos de Tabaco rubio, partidas arancelarias 2402.20.10.00 y 2402.20.20.00, el cual será de 0,07 Nuevos Soles por cigarrillo (vigencia a partir del 15.ENE.2010)

Producto de dichas modificaciones, en la transmisión vía teledespacho se tomará en cuenta la variación en los campos como sigue:

Para el caso Declaraciones de Importación Definitiva en el archivo ADUADET1 deberán de indicar lo siguiente:

Campo TUNIISC deberán de enviar el texto ‘UNI’ y en campo QUNIISC la cantidad de cigarrillos (por cigarrillo).

Campo PRECIO_VTA deberán de enviar el valor ‘0’ (Cero)

Para el caso Declaraciones de Importación Simplificada o Courier en el archivo IMPDET01 deberán de indicar lo siguiente:

Campo UNID_FIDES podrán de enviar el texto ‘U’ y en campo UNID_FIQTY la cantidad de cigarrillos (por cigarrillo) ó en el campo UNID_FIDES podrán enviar el texto ‘U 6’ y en el campo UNID_FIQTY la cantidad de cigarrillos (por millones de cigarrillos)

Campo PRECIO_VTA deberán de enviar el valor ‘0’ (Cero).

 

INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA


Callao, 18 de enero del 2010