COMUNICADO

A los Agentes de Carga Internacional, Transportistas o sus Representantes,   Depósitos Temporales, Depósitos Aduaneros y Despachadores de Aduanas de la Jurisdicción de las Intendencias  de Aduana Marítima y Aérea del Callao

CULMINACION DE FACULTAD DISCRECIONAL RELATIVA A LA TRANSMISIÓN DE DEL MANIFIESTO DE CARGA DESCONSOLIDADO E ICA

La Administración Aduanera insta a los operadores de comercio exterior que fueron sujetos de aplicación de la facultad discrecional según los términos señalados en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 629-2010-SUNAT/A publicada el 30.10.2010, se sirvan culminar con la adecuación informática y/o efectuar las acciones necesarias para poder cumplir oportunamente las obligaciones previstas en la Ley General de Aduanas y normas complementarias, y así evitar la imposición de sanciones.

Callao,  30  de diciembre de 2010  

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera