COMUNICADO

 

A los Usuarios de Comercio Exterior:

Se les recuerda a los usuarios de comercio exterior que, de conformidad con el artículo 2° del Reglamento para la valoración de mercancías según el Acuerdo de Valor de la OMC, aprobado por Decreto Supremo N° 186-99-EF y modificado por Decreto Supremo N° 098-2002-EF; las Decisiones del Comité de Valoración Aduanera de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y los Instrumentos aprobados por el Comité Técnico de Valoración de la Organización Mundial de Aduanas (OMA- Bruselas), forman parte de la legislación peruana sobre Valoración y se encuentran publicados en el Portal de la SUNAT, en la siguiente ruta: Legislación/Otras Normas Legales/Normas sobre Valoración, donde se muestran todos los documentos legales aprobados por la OMC y la OMA referidos a:

  • Decisiones del Comité de Valoración en Aduana de la OMC
  • Opiniones Consultivas
  • Comentarios
  • Notas Explicativas
  • Estudios de Caso
  • Estudios

Asimismo, se informa que la actualización de dichos Instrumentos por parte de la SUNAT es una tarea permanente, por lo que la aprobación de nuevas Decisiones o Instrumentos, tanto por el Comité de la OMC como del Comité Técnico de la OMA respectivamente, también se incorporan a nuestro Portal en la ruta indicada.

INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA

Callao, 18 de noviembre de 2009