COMUNICADO
A LOS TERMINALES DE ALMACENAMIENTO
Se pone en conocimiento
de los terminales de almacenamiento autorizados de carga marítima, aérea
o terrestre, excepto los postales, que soliciten autorización para operar
como Punto de Llegada, conforme a lo dispuesto en la Única Disposición
Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 022-2008-EF, deberán
presentar sus solicitudes ante la Sede Central de la Administración
Aduanera ubicada en la Av. 28 de Julio N° 800 - Cercado, conforme al
formato adjunto.
Los terminales de
almacenamiento que operan en circunscripciones distintas de las
Intendencias de Aduana Marítima y Aérea del Callao, podrán presentar su
solicitud ante la intendencia de aduana que corresponda.
Lima, 16 de abril de 2008
Intendencia Nacional de Técnica
Aduanera
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