COMUNICADO

 

CONTROL DE NUEVOS INSUMOS Y PRODUCTOS QUÍMICOS FISCALIZADOS PARA EL INGRESO Y SALIDA DEL PAIS

Se pone en conocimiento de los operadores de comercio exterior que, de conformidad con los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 084-2006-PCM, que modifica el Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, a partir del 24 de noviembre del 2006 se incorpora un grupo de insumos y productos químicos fiscalizados sujetos a restricciones para su ingreso y salida del país por cualquier régimen u operación aduanera o cualquier destino especial.

En tal sentido, con excepción de los regímenes de transbordo y tránsito o la operación de reembarque, los operadores deberán presentar ante la SUNAT la autorización expedida por la Dirección de Insumos Químicos y Productos Fiscalizados del Ministerio de la Producción o de las Direcciones Regionales de Producción competentes, conforme a lo previsto por la Ley Nº 28305 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM.

Estos nuevos IQPF controlados con sus correspondientes subpartidas nacionales se encuentran consignadas en el archivo adjunto.

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

Callao, 5 de diciembre del 2006