CONTROL
DE NUEVOS INSUMOS Y PRODUCTOS QUÍMICOS FISCALIZADOS PARA EL INGRESO
Y SALIDA DEL PAIS
Se pone en
conocimiento de los operadores de comercio exterior que, de
conformidad con los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº
084-2006-PCM, que modifica el Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM, a
partir del 24 de noviembre del 2006 se incorpora un grupo de
insumos y productos químicos fiscalizados sujetos a restricciones
para su ingreso y salida del país por cualquier régimen u
operación aduanera o cualquier destino especial.
En tal sentido, con
excepción de los regímenes de transbordo y tránsito o la
operación de reembarque, los operadores deberán presentar ante la
SUNAT la autorización expedida por la Dirección de Insumos
Químicos y Productos Fiscalizados del Ministerio de la Producción
o de las Direcciones Regionales de Producción competentes, conforme
a lo previsto por la Ley Nº 28305 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 053-2005-PCM.
Estos nuevos IQPF
controlados con sus correspondientes subpartidas nacionales se
encuentran consignadas en el archivo adjunto.
Intendencia Nacional
de Técnica Aduanera
Callao, 5 de
diciembre del 2006
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