COMUNICADO

 

Instrucciones para el envío electrónico de los documentos de control por Teledespacho. Reglamento Técnico de Conductores Eléctricos

Datos generales:

  1. Para el caso de los Reglamentos Técnicos el código de la Entidad Autorizante es 27 perteneciente a la Dirección de Normas Técnicas y Control (PRODUCE), conforme puede apreciarse en la Lista de Entidades.
  2. La lista de subpartidas asociada al control se encuentra en el Anexo 32 publicada en el Portal SUNAT.
  3. El código de entidad 27 está relacionado con las subpartidas del Anexo 32 y con el siguiente documento autorizante:

Cod. Documento

Documento

04

Constancia

Excepcionalmente, puede colocar el código 98, bajo responsabilidad y de acuerdo a lo dispuesto por el Procedimiento de Mercancías Restringidas y Prohibidas INTA-PE.00.06.

Forma de envío:

Conforme al Procedimiento INTA-PE.00.06, la estructura de envío por Teledespacho para los documentos autorizantes (casilla 7.37 de la DUA, casilla 4.13 de la O/E o casilla 10 de la DSI) es la siguiente:

Código de entidad

Código de documento de control

Número del documento de Control

Fecha de emisión

Fecha de vencimiento

XX

XX

XXXXXXXXXX

dd/mm/aaa

dd/mm/aaa

La información en los campos correspondientes es:

  • Código de Entidad = 27.
  • Código de Documento de Control = 04.
  • Número de Documento de Control = colocar el número que corresponda.
  • Fecha de emisión y fecha vencimiento = Es la fecha de vigencia de la Constancia de la forma dd/m/aaaa (día, mes y año). La vigencia es de un año o lo que fije la autoridad competente.
  • El control a llevar a cabo es en la importación definitiva sea con Declaración Única de Aduanas (DUA) o por Declaración Simplificada de Importación (DSI).

Vigencia:

La vigencia de estas disposiciones es a partir del 01.07.2006.