Instrucciones para
el envío electrónico de los documentos de control por
Teledespacho. Reglamento Técnico de Conductores Eléctricos
Datos generales:
- Para el caso de los Reglamentos
Técnicos el código de la Entidad Autorizante es 27
perteneciente a la Dirección de Normas Técnicas y Control
(PRODUCE), conforme puede apreciarse en la Lista
de Entidades.
- La lista de subpartidas asociada
al control se encuentra en el Anexo
32 publicada en el Portal SUNAT.
- El código de entidad 27 está
relacionado con las subpartidas del Anexo 32 y con el siguiente
documento autorizante:
Cod.
Documento |
Documento |
04 |
Constancia |
Excepcionalmente,
puede colocar el código 98, bajo responsabilidad y de acuerdo a lo
dispuesto por el Procedimiento de Mercancías Restringidas y
Prohibidas INTA-PE.00.06.
Forma de envío:
Conforme al
Procedimiento INTA-PE.00.06, la estructura de envío por
Teledespacho para los documentos autorizantes (casilla 7.37 de la
DUA, casilla 4.13 de la O/E o casilla 10 de la DSI) es la siguiente:
Código
de entidad |
Código
de documento de control |
Número
del documento de Control |
Fecha
de emisión |
Fecha
de vencimiento |
XX |
XX |
XXXXXXXXXX |
dd/mm/aaa |
dd/mm/aaa |
La información en
los campos correspondientes es:
- Código de Entidad = 27.
- Código de Documento de Control
= 04.
- Número de Documento de Control
= colocar el número que corresponda.
- Fecha de emisión y fecha
vencimiento = Es la fecha de vigencia de la Constancia de la
forma dd/m/aaaa (día, mes y año). La vigencia es de un año o
lo que fije la autoridad competente.
- El control a llevar a cabo es en
la importación definitiva sea con Declaración Única de
Aduanas (DUA) o por Declaración Simplificada de Importación
(DSI).
Vigencia:
La vigencia de
estas disposiciones es a partir del 01.07.2006. |