COMUNICADO

 

COMUNICADO A LOS OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

En el marco del TUO de la Ley General de Aduanas (D.S. Nº 129-2004-EF), su reglamento y el procedimiento de Exportación Definitiva aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 440-2005/SUNAT/A publicada el 22.10.2005, se comunica que continuando con el proceso de adecuación a este procedimiento se realizará un piloto del nuevo procedimiento el día 30/11/2005 desde las 9:00 am. hasta las 12:00 am.

Este piloto comprende la numeración de la DUA, la transmisión de la recepción de la carga por parte del terminal de almacenamiento, la selección del canal y la posterior regularización del régimen efectuada en las Intendencias de Aduana Aérea y Marítima del Callao.

Debe tenerse en cuenta que las DUAs que se sometan a este piloto deberán cumplir con todo el proceso del nuevo procedimiento, es decir hasta su regularización; en este sentido, el despachador de aduana deberá comunicar a la Intendencia de Aduana mediante correo electrónico que DUAs se someterán a este proceso para efectuar el seguimiento respectivo.

Asimismo, se recuerda que en cumplimiento a lo señalado en la sección VII numeral 9 del nuevo procedimiento de Exportación Definitiva, cuando la mercancía no requiera ingresar a un terminal de almacenamiento la transmisión de la información relativa a la mercancía que se encuentra expedita para su embarque debe ser enviada por el despachador de aduana.

Finalmente se les reitera que el periodo de pruebas de la transmisión de la recepción de la carga por parte del terminal de almacenamiento se mantiene desde el día 14.11.2005 al 27.11.2005.

 

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

Intendencia Nacional de Sistemas de Información

Callao, 16 de noviembre del 2,005