COMUNICADO

 

A LOS ALMACENES ADUANEROS: TRATAMIENTO TRANSITORIO PARA PERMITIR LA SALIDA DE BIENES ACOGIDOS A LA LEY N° 28525

Se comunica que en tanto se implemente el programa informático para el acogimiento a los beneficios que otorga la Ley de Promoción del Servicio de Transporte Aéreo, Ley Nº 28525 vigente a partir del 07.10.2005, los almacenes aduaneros permitirán la salida de las mercancías sujetas al régimen de Importación Temporal, a la sola presentación de la Declaración Única de Aduanas - DUA debidamente diligenciada por el especialista en aduanas, en la que conste el acogimiento a los beneficios de la Ley Nº 28525 y que ésta no requiere la presentación de garantía.

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

Callao, 15 de noviembre del 2,005