COMUNICADO

 

Entrega de Carnés de Identificación del personal de los operadores de comercio exterior

Se pone en conocimiento de los agentes de aduana; concesionarios postales; dueños, consignatarios o consignantes; instituciones benéficas y entidades públicas, que la RSNAA N° 311-2005-SUNAT/A, publicada el 01.07.2005 y vigente a partir del 01.08.2005, aprueba el Procedimiento de Carnés de identificación del personal de los operadores de comercio exterior (INTA.PE.24.01).

Al respecto, se precisa que para la acreditación y entrega del carné de los auxiliares de despacho y de los despachadores oficiales, no es exigible el certificado que acredite su capacitación técnica aduanera. La SUNAT comunicará con la debida anticipación la oportunidad en que dicha certificación será exigible.

Además de los requisitos señalados en el Procedimiento, se les recuerda que para la entrega del carné, los operadores de comercio exterior deben presentar a la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, copia del contrato laboral o de prestación de servicios, según sea el caso, que corresponda a sus auxiliares de despacho que actualmente tienen acreditación vigente ante la SUNAT; de lo contrario el indicado personal no recibirá su carné de identificación. La fecha límite para la entrega de dichos contratos es el 13.07.2005.

Por último, se les informa que en el transcurso de la próxima semana la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera publicará en el portal el cronograma de entrega de los carnés de identificación emitidos y vigentes, del personal acreditado de los operadores de comercio exterior.

Callao, 06 de julio del 2005

INTENDENCIA NACIONAL DE TÉCNICA ADUANERA