COMUNICADO

 

Teledespacho – Importación Definitiva – Tipo de Prorrateo de Fletes

A Empresas Proveedoras de Software en Aduanas y Agencias de Aduanas

Que, con la finalidad de adecuar sus sistemas al procedimiento de Valoración de Mercancías según el Acuerdo del Valor de la OMC, INTA-PE.01.10a, donde se detalla sobre el cálculo del flete, se comunica la necesidad de implementar el cálculo del prorrateo del flete que corresponde para cada serie, siendo obligatorio a partir de las 00 horas del día Jueves 11 de Agosto del presente. La nueva estructura del archivo ADUADET1 se encuentra publicada en la web, campo CTIPCALFLE.

La descripción de los valores que tomará este campo de detallan a continuación:

1 – No se prorratea el valor del flete (amparado en factura comercial).

2 – Valor prorrateado según FOB.

3 – Valor prorrateado según PESO.

El detalle del tipo de cálculo se muestra en el link adjunto, así como el detalle del procedimiento:

http://www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/despacho/definitivos/importac/procEspecif/docAnexos/inta/Anexo%201%20INTA-PE.01.10a-5%20V.doc

Así mismo, se adjuntan los archivos correspondientes al cálculo del Flete, establecido en el Procedimiento INTA-PE.01.10a y la estructura del Aduadet1.

Calculo de Flete

Estructura del Aduadet1

Atentamente,

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera

Intendencia Nacional de Sistemas de Información

Callao, 03 de Agosto del 2005