NOTIFICACION

La Superintendencia Nacional de Aduanas, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 104º inciso e) del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado por Ley N°27256, pone en conocimiento de la persona que se detalla a continuación, la expedición de la Resolución de Superintendencia de Aduanas que se indica:

CONTRIBUYENTE

DOCUMENTO

RESUELVE

COMERCIAL ADUANERA

SAN ISIDRO S.A. y/o CREACIONES TITA E.I.R.L.

 

R.S.A. Nº 000286-2001

 

 

. ACUMULAR Los Expedientes 118-2000-006760, 118-2000-01257-8, 118-2000-045687-1, 118-2000-009257-9, 118-2000-58592-2, 118-2000-062578, 118-2000-064377-6 interpuestos por COMERCIAL ADUANERA SAN ISIDRO S.A. y/o CREACIONES TITA E.I.R.L. con relación a la sanción de multa, prevista en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Simplificación Administrativa y determinada en la Resolución de Intendencia N° 118-01/1999-001639.

. Declarar INFUNDADA la Apelación interpuesta, debiéndose remitir los actuados a la Intendencia de Aduana Marítima para los fines pertinentes.

A tal efecto dicha persona deberá acercarse a la Secretaría General de Aduanas, sita en Av. Gamarra N° 680 Chucuito - Callao, a fin de que tome conocimiento del contenido de la acotada Resolución.

N7000005-2001.HTM

SECRETARIA GENERAL

SEGUNDA NOTIFICACION