ASPECTOS METODOLÓGICOS

 

 

A continuación se detallan los principales elementos que se deben tomar en cuenta para interpretar correctamente la información presentada.

 

 

1.       Información Básica

 

 

Las estadísticas de Comercio Exterior son elaboradas sobre la base del procesamiento automatizado de la información que se genera a partir de las Declaraciones Únicas de Aduanas (DUA’s) registradas por la SUNAT.

 

 

2.       Cobertura de la Información

 

 

Cabe resaltar que la información referida a importaciones y exportaciones definitivas cuenta con una cobertura de 99,99%.

 

Las DUA’s consideradas en este Anuario fueron 432,410, de las cuales 312,001 correspondieron a las numeradas en el régimen de importación definitiva, en tanto que las restantes 120,409 están referidas a las DUA’s pertenecientes al régimen de exportación definitiva.

 

En lo referente al ámbito geográfico, la presente publicación comprende a las Intendencias de las Aduanas de Lima Metropolitana y Provincias.

 

 

3.       Registro de la Información

 

 

El Sistema de Registro adoptado por la SUNAT es el Sistema de Comercio Especial.

 

Este sistema se utiliza cuando: a) Las importaciones abarcan todos los bienes que son despachados por las Aduanas para su uso interno, y b) Los bienes que salen de la zona de libre circulación de un país compilador.

 

En las estadísticas ordinarias de comercio exterior, la SUNAT considera como exportación definitiva la que involucra a aquellas mercancías cuyo destino final es el uso o consumo definitivo en el exterior. En lo que corresponde a importación definitiva, se registran aquellas mercancías cuyo despacho es solicitado ante la aduana para uso o consumo interno.

 

Las estadísticas ordinarias de importación definitiva no incorporan las transacciones especiales, como:

 

Ø      Servicio Diplomático Extranjero ( léase vehículos y menaje de casa).

Ø      Oro Monetario.

Ø      Mercancías que ingresaron a las zonas francas y que se incorporan a las estadísticas ordinarias de importación cuando se nacionalizan.

Ø      Mercancías que ingresan bajo el régimen de Admisión Temporal.

Ø      Mercancías que ingresan bajo el Régimen de Importación Temporal.

Ø      Transacciones correspondientes a las Fuerzas Armadas.

Ø      Encomiendas Postales.

Ø      Muestras.

Ø      Equipaje y Menaje de Casas

Ø      Donaciones.

 

Si bien no considera las transacciones especiales en importación y exportación definitivas, la SUNAT registra estas estadísticas por separado.

 

En lo que respecta a la presentación de las estadísticas de exportaciones definitivas se debe tener en cuenta lo siguiente:

 

Ø      Las exportaciones de plomo incluyen concentrados de plata debido al carácter polimetálico en la explotación de este mineral.

Ø      Se incorpora a las estadísticas lo registrado por abastecimientos de alimentos y combustibles a naves extranjeras.

Ø      No se incluyen las exportaciones temporales de Minsur S.A.

 

 

4.       Clasificación de Mercancías

 

Se ha empleado la clasificación elaborada basada en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.) y de la Nomenclatura Común para los países miembros del Grupo Andino (NANDINA), basada en la II Enmienda del Comité de Nomenclatura de la OMA.

 

5.       Instancia de Registro

 

Para el caso de las importaciones, el momento de registro corresponde a la fecha de numeración de la DUA. En el caso de las exportaciones, el momento de registro es la fecha de embarque de las mercancías.

 

 

6.       Valores

 

Los valores consignados para las exportaciones se refieren a precios FOB (libre a bordo) en el puerto lugar de embarque de las mercancías.

 

En el caso de las importaciones, los valores se refieren a precios CIF que incluyen la valuación aduanera de bienes más el flete, seguros y otros gastos incurridos cuando se traen las mercancías desde el lugar de embarque, en el extranjero, hasta el lugar de nacionalización en el Perú.

 

Los valores consignados en monedas distintas al dólar norteamericano son convertidos a la moneda estadounidense, según el tipo de cambio promedio ponderado de venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros, vigente a la fecha de numeración de la declaración para importar y para las exportaciones la fecha que consigna el término de embarque.

 

Los valores (FOB, CIF) globales están expresados en miles de dólares, considerando dos decimales.

 

Respecto de los criterios de valoración adoptados por la SUNAT, con la aplicación plena del Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial del Comercio (desde el 01.04.2000), el valor en Aduana se establece de acuerdo al valor de las transacciones de las mercancías importadas.

 

 

7.    Otras Consideraciones

 

 

En las estadísticas genéricas de Comercio Exterior, los pesos NETO o BRUTO se expresan en toneladas métricas, considerando dos decimales.

 

La SUNAT publica lo referente a las importaciones según el país de origen. Para el caso de las exportaciones se clasifica según el país de destino, lo que se determina en el momento del embarque.