ASPECTOS
METODOLÓGICOS
A continuación se detallan los principales elementos que se deben tomar en cuenta para interpretar correctamente la información presentada.
1. Información
Básica
Las estadísticas de Comercio Exterior son elaboradas sobre la base del
procesamiento automatizado de la información que se genera a partir de las
Declaraciones Únicas de Aduanas (DUA’s)
registradas por la SUNAT.
2. Cobertura
de la Información
Cabe resaltar que la información referida a importaciones y
exportaciones definitivas cuenta con una cobertura de 99,99%.
Las DUA’s consideradas en este Anuario fueron 432,410, de las cuales 312,001 correspondieron a las numeradas en el
régimen de importación definitiva, en tanto que las restantes 120,409 están referidas a las DUA’s pertenecientes al régimen de exportación
definitiva.
En lo referente al ámbito geográfico, la presente publicación comprende
a las Intendencias de las Aduanas de Lima Metropolitana y Provincias.
3. Registro
de la Información
El Sistema de Registro adoptado por la SUNAT es el Sistema de Comercio Especial.
Este sistema se utiliza cuando: a) Las importaciones abarcan todos los
bienes que son despachados por las Aduanas para su uso interno, y b) Los bienes
que salen de la zona de libre circulación de un país compilador.
En las estadísticas ordinarias de comercio exterior, la SUNAT considera como exportación definitiva
la que involucra a aquellas mercancías cuyo destino final es el uso o consumo
definitivo en el exterior. En lo que corresponde a importación definitiva, se
registran aquellas mercancías cuyo despacho es solicitado ante la aduana para
uso o consumo interno.
Las estadísticas ordinarias de importación definitiva no incorporan las
transacciones especiales, como:
Ø Servicio Diplomático Extranjero ( léase
vehículos y menaje de casa).
Ø Oro Monetario.
Ø Mercancías que ingresaron a las zonas
francas y que se incorporan a las estadísticas ordinarias de importación cuando
se nacionalizan.
Ø Mercancías que ingresan bajo el régimen
de Admisión Temporal.
Ø Mercancías que ingresan bajo el Régimen
de Importación Temporal.
Ø Transacciones correspondientes a las
Fuerzas Armadas.
Ø Encomiendas Postales.
Ø Muestras.
Ø Equipaje y Menaje de Casas
Ø Donaciones.
Si bien no considera las transacciones
especiales en importación y exportación definitivas, la SUNAT registra estas estadísticas por
separado.
En lo que respecta a la presentación de las estadísticas de
exportaciones definitivas se debe tener en cuenta lo siguiente:
Ø Las exportaciones de plomo incluyen
concentrados de plata debido al carácter polimetálico en la explotación de este
mineral.
Ø Se incorpora a las estadísticas lo
registrado por abastecimientos de alimentos y combustibles a naves extranjeras.
Ø No se incluyen las exportaciones
temporales de Minsur S.A.
4. Clasificación
de Mercancías
Se ha empleado la clasificación elaborada basada en la Nomenclatura del
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (S.A.) y de la Nomenclatura Común para los países
miembros del Grupo Andino (NANDINA),
basada en la II Enmienda del
Comité de Nomenclatura de la OMA.
5. Instancia
de Registro
Para el caso de las importaciones, el momento de registro corresponde a
la fecha de numeración de la DUA. En
el caso de las exportaciones, el momento de registro es la fecha de embarque de
las mercancías.
6. Valores
Los valores consignados para las exportaciones se refieren a precios FOB (libre a bordo) en el puerto lugar de
embarque de las mercancías.
En el caso de las importaciones, los valores se refieren a precios CIF que incluyen la valuación aduanera de
bienes más el flete, seguros y otros gastos incurridos cuando se traen las
mercancías desde el lugar de embarque, en el extranjero, hasta el lugar de
nacionalización en el Perú.
Los valores consignados en monedas distintas al dólar norteamericano son
convertidos a la moneda estadounidense, según el tipo de cambio promedio
ponderado de venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros,
vigente a la fecha de numeración de la declaración para importar y para las
exportaciones la fecha que consigna el término de embarque.
Los valores (FOB, CIF) globales están expresados en miles de
dólares, considerando dos decimales.
Respecto de los criterios de valoración adoptados por la SUNAT, con la aplicación plena del Acuerdo de
Valoración de la Organización Mundial del Comercio (desde el 01.04.2000), el valor en Aduana se establece de
acuerdo al valor de las transacciones de las mercancías importadas.
7. Otras
Consideraciones
En las estadísticas genéricas de Comercio Exterior, los pesos NETO o BRUTO se expresan en toneladas métricas, considerando dos
decimales.
La SUNAT publica lo referente a las importaciones según el país de origen. Para
el caso de las exportaciones se clasifica según el país de destino, lo que se
determina en el momento del embarque.