DETERMINACION DEL VALOR

 

En esta parte se calcula el Valor en Aduana total de las mercancías declaradas en el Ejemplar B, de acuerdo al Método del Valor de Transacción. El llenado es obligatorio en todos los casos.

 
8.1              BASE DE CALCULO

 

8.1.1    Precio Neto según Factura

Se consigna el valor de la factura comercial según el Incoterm pactado.

En las casillas 8.1.2, 8.1.5 y 8.1.6 se consignan los montos correspondientes a dichos conceptos, siempre que no estén incluidos en 8.1.1.

En las casillas 8.1.3 y 8.1.4 se consignan los montos correspondientes a dichos conceptos, siempre que estén incluidos, distinguidos y deducidos en la factura.

La casilla 8.1.4 considera descuentos no aceptables, como los otorgados a más de un importador o para más de un país, en la misma transacción.

 

8.1.6    Otros

Consignar el importe acumulado de los siguientes gastos:

 

TOTAL BASE DE CALCULO

Casilla reservada para uso posterior.

 

8.2         ADICIONES

En esta sección se consignan los importes no incluidos en 8.1.1 y a cargo del importador

 

8.2.1      Comisiones, Corretajes, excepto las comisiones de compra

Se indica el importe de las comisiones de venta pagadas directamente al agente o representante del proveedor y los gastos de corretaje.

 

8.2.2      Envases y Embalajes

Referido a envases o embalajes que, a efectos aduaneros, se consideren como formando un todo con las mercancías importadas. En los gastos de embalaje también se debe incluir mano de obra, materiales y otros conexos.

 

8.2.3      Bienes y Servicios suministrados por el importador, gratuitamente o a precio reducido y utilizados en la producción y venta para la exportación de las mercancías importadas.

8.2.3.1   Materiales, componentes, piezas, partes, elementos y artículos análogos incorporados a las mercancías importadas

 

8.2.3.2   Herramientas, matrices, moldes y objetos similares utilizados para la producción de las mercancías importadas

 

8.2.3.3   Materiales consumidos en la producción de las mercancías importadas

 

8.2.3.4   Trabajos de ingeniería, de desarrollo, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos y croquis realizados fuera del Perú y necesarios para la producción de las mercancías importadas

 

8.2.4    Cánones y Derechos de Licencia

Si respondió afirmativamente la casilla 7.9 indique el total correspondiente a las mercancías importadas, o un valor estimado de acuerdo a las condiciones del contrato.

 

8.2.5   Cualquier parte del producto de la reventa, cesión o utilización posterior directa o indirecta que revierta al vendedor

Si respondió afirmativamente la casilla 7.10 indique el total correspondiente a las mercancías importadas, que revierten al proveedor extranjero.

 

TOTAL ADICIONES

Casilla reservada para uso posterior.

 

8.3         GASTOS DE TRANSPORTE

 

8.3.1  Gastos de transporte desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación

Se entiende por lugar de importación a la aduana de nacionalización. Se declara los gastos realmente pagados o por pagar, ya sea que estén consignados en la factura comercial, en el documento de transporte o en ambos.

En caso de estar consignados en ambos documentos pueden presentarse las siguientes situaciones:

a) si el flete realmente pagado o por pagar es el del documento de transporte y es mayor al flete de la factura, entonces se consigna la diferencia en 8.1.6

b) si el flete realmente pagado o por pagar es el del documento de transporte y es menor al flete de la factura, entonces se consigna la diferencia en 8.5.5.

Si el importador traslada las mercancías por sus propios medios, debe informar al Despachador de Aduana tal condición, para que éste consigne la tarifa normalmente aplicable en el Ejemplar A.

 

8.3.2      Gastos de carga, descarga, manipulación en destino y otros gastos de entrega hasta el lugar de importación

Estos gastos se consignan siempre que estén distinguidos en la factura comercial o en el documento de transporte.

 

TOTAL GASTOS DE TRANSPORTE

Casilla reservada para uso posterior.

 

8.4     TOTAL GASTOS DE SEGURO

 

En el caso de mercancías aseguradas se consigna el gasto de seguro realmente pagado o por pagar, esté consignado en la factura comercial, en la póliza de seguro o en ambos.

En caso de estar consignados en ambos documentos pueden presentarse las

siguientes situaciones:

a) Si el seguro realmente pagado o por pagar es el de la póliza de seguro y es mayor al seguro de la factura, entonces se consigna la diferencia en 8.1.6

b) Si el seguro realmente pagado o por pagar es el de la póliza de seguro y es menor al seguro de la factura, entonces se consigna la diferencia en 8.5.5.

 

En el caso de mercancías parcialmente aseguradas, se consigna el gasto de seguro correspondiente sólo a la parte asegurada, con las consideraciones señaladas en el párrafo precedente. El importador debe proporcionar al Despachador de Aduana los montos e ítems asegurados, para su envío por Teledespacho en el Ejemplar A y la aplicación de la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguro a las mercancías no aseguradas.

 

En el caso de mercancías no aseguradas, no consignará ningún monto. El importador debe informar al Despachador de Aduana tal condición para la aplicación de la Tabla de Porcentajes Promedio de Seguro en el Ejemplar A.

 

8.5      DEDUCCIONES Importes incluidos en 8.1.1

Estos importes se consignan si están incluidos y se distinguen en la factura comercial o si el importador puede demostrar, con documentos complementarios, que tales importes están incluidos en el 8.1.1.

 

8.5.1      Gastos de Entrega posteriores a la Importación

Se refiere a los gastos de transporte de la mercancía y otros conexos, ulteriores a la importación.

 

8.5.2      Gastos de construcción, armado, instalación, montaje, mantenimiento y asistencia técnica realizados después de la importación

Gastos necesarios para poner en operación la mercancía importada. Este rubro debe tomarse en cuenta, entre otros casos, cuando se trate de maquinarias o equipos.

 

8.5.3      Derechos de Aduana y otros tributos

Indicar el importe referido a los derechos e impuestos aplicados en el Perú.

 

8.5.4     Intereses

Referido a los intereses devengados en virtud de un acuerdo de financiamiento concertado por  el comprador, relativo a la compra de las mercancías importadas.

 

8.5.5      Otros Gastos

Consignar el importe acumulado de los siguientes gastos:

 

TOTAL DEDUCCIONES

Casilla reservada para uso posterior.

 

DECLARANTE

En esta parte se identifica el declarante:

 

Con su firma el declarante se compromete en cuanto a la exactitud y la integridad de la información suministrada en el formato B y en cualquiera de sus hojas suplementarias que la acompañan, y a la autenticidad de todos los documentos presentados en su apoyo. El declarante también se responsabiliza de suministrar la información adicional o la documentación adicional o la documentación necesaria para establecer el valor en aduana de las mercancías. La persona natural o el representante autorizado indica además el código y número del documento de identificación.