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COMUNICADO – CARNET OPERADORES

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   Callao, 07 de febrero del 2001 

COMUNICADO – CARNET OPERADORES 

Conforme, a lo indicado en el Comunicado INTA del 02.02.2001, la Superintendencia Nacional de Aduanas no expedirá carné de identificación a nombre de los operadores de comercio exterior y de su personal registrado ante nuestra Institución, por lo que es necesario efectuar las siguientes precisiones: 

REGISTRO ANTE ADUANAS DE PERSONAL AUTORIZADO 

La contratación de nuevo personal así como la conclusión del vínculo laboral será comunicada a la Superintendencia Nacional de Aduanas por los Despachadores de Aduana, Concesionarios Postales y Agentes de Carga Internacional a través de medios electrónicos; sin embargo en tanto se implemente su adecuación, dicha información será presentada ante ADUANAS adjuntando el Anexo 8 aprobado por la RIN Nº 000ADT/1999-002097 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30.DIC.1999 para el caso de contratación de personal o solicitud firmada por el Representante Legal tratándose de la extinción del vínculo laboral. El Anexo 8 adicionalmente deberá consignar el tipo y número de documento de identidad del trabajador, el cargo y la duración del vínculo laboral expresada en día/mes/año cuando se trate de Contratos a plazo fijo. 

IDENTIFICACION EN LOS RECINTOS ADUANEROS 

Teniendo en cuenta la operatividad aduanera y las manifestaciones efectuadas por los Terminales, Depósitos y personal de Aduanas; a fin de asegurar un adecuado control de las personas que ingresan a los recintos aduaneros para intervenir en operaciones y demás trámites, se ha previsto que a partir del 12.03.2001 el personal de las  Agencias de Aduana, Concesionarios Postales, Dueños, Consignatarios y Consignantes, Entidades Públicas, Benéficas, de Salud o de Apoyo Social y Agencias de Carga Internacional deberán portar Carné de Identificación emitido por la entidad que representan o para la que trabajan, el mismo que debe contener como datos mínimos Nombre o Razón Social del operador, Nombres y Apellidos, tipo/número de documento de identidad y cargo del trabajador. Dicho documento estará firmado por el representante legal o funcionario autorizado. 

En tanto el procedimiento “Autorización de Operadores” INTA-PE.00.08 se adecue a las nuevas disposiciones y sea implementado,  los operadores continuaran identificándose con el Carné vigente emitido por ADUANAS; aquellos que a la fecha se encuentren en trámite o vencidos deben presentar copia del Expediente ingresado a la Superintendencia Nacional de Aduanas, dicha información podrá ser verificada por el personal de Aduanas en el Módulo de Operadores cuya actualización de datos será efectuada en línea por esta Intendencia Nacional.      

                                                                                        Ana María Rojas Zapana

Intendente Nacional de Tecnica Aduanera