Entra en vigencia Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la importación de bienes

 


A partir de mañana

Entra en vigencia Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la importación de bienes

Se recuerda a todos los Operadores de Comercio Exterior que, a partir del día de mañana, lunes 17 de noviembre, entrará en vigencia el Régimen de Percepciones del IGV aplicable a la importación de bienes*.

En tal sentido, es necesario que tomen en cuenta que en el archivo de respuesta del Teledespacho se incluirá el número, monto y moneda de la Liquidación de Cobranza - Constancia de Percepción, la que se deberá imprimir si efectúan su cancelación a través de los bancos privados. De optar por el Pago Electrónico vía Internet, no se requerirá la impresión del referido formato.

IMPORTANTE

Para proceder con el levante de la mercancía se requiere haber efectuado previamente la cancelación de la Liquidación de Cobranza - Constancia de Percepción.

Para obtener más información, los invitamos a solicitarla mediante los teléfonos 469-0058 y 465-5885, anexo 2316.

*Base Legal: RS-203-2003/SUNAT, publicada el 1 de noviembre del 2003.

Lima, 14 de Noviembre del 2003