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Declaración Andina del Valor

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COMUNICADO

DECLARACION ANDINA DEL VALOR

           

En atención a lo indicado en la RIN N° 00051-2002, publicada en El Peruano el 11.Ene.2002, para efectos de solicitar la importación de mercancías procedentes de cualquier país, a partir del lunes 11 de febrero del 2002 la Declaración Andina del Valor “DAV” debe ser formulada conjuntamente con la Declaración Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B, y C). En tal sentido, se les recuerda tener en cuenta las siguientes precisiones:

           

CASILLA 52:  Restricciones

 

Llenar de conformidad con lo indicado en la Casilla 7.4 – Ejemplar B de la DUA, pero indicando Códigos diferentes, es decir sin en la casilla 7.4 del Ejemplar B se marca el Código 1, en la casilla 52 debe marcar el Código 2 y viceversa.

 

CASILLA 67:  Gastos de entrega hasta el lugar de importación

 

Anote el código de la Aduana de Nacionalización, considere la tabla de códigos de Aduana publicadas en el portal de Aduanas

 

CASILLA 79:  Valor de Transacción declarado

 

Anote la sumatoria de los montos consignados en las casillas 5.9 y 5.10 (Ejemplar B de la DUA) de todos los ítems de la factura comercial.

 

  08 de Febrero del 2002

 

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