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COMUNICADO DECLARACION ANDINA DEL VALOR
En
atención a lo indicado en la RIN N° 00051-2002, publicada en El Peruano el
11.Ene.2002, para efectos de solicitar la importación de mercancías
procedentes de cualquier país, a partir del lunes 11 de febrero del 2002 la
Declaración Andina del Valor “DAV” debe ser formulada conjuntamente con
la Declaración Unica de Aduanas (DUA: Ejemplares A, B, y C). En tal
sentido, se les recuerda tener en cuenta las siguientes precisiones:
CASILLA 52: Restricciones Llenar
de conformidad con lo indicado en la Casilla 7.4 – Ejemplar B de la DUA,
pero indicando Códigos diferentes, es decir sin en la casilla 7.4 del
Ejemplar B se marca el Código 1, en la casilla 52 debe marcar el Código 2
y viceversa. CASILLA 67: Gastos de entrega hasta el lugar de importación Anote
el código de la Aduana de Nacionalización, considere la tabla de códigos
de Aduana publicadas en el portal de Aduanas CASILLA 79: Valor de Transacción declarado Anote
la sumatoria de los montos consignados en las casillas 5.9 y 5.10 (Ejemplar
B de la DUA) de todos los ítems de la factura comercial.
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