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TRATO PREFERENCIAL NACIONAL 164 CONVENIO PARA LA VENTA DE PRODUCTOS AGRICOLAS PROGRAMA PL-480 D.S. Nº 108-2001-EF)

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Callao, 15 de Noviembre de 2001

A los operadores de Comercio Exterior

El  Decreto Supremo Nº 108-2001-EF publicado en el diario oficial "El Peruano"  el 18.06.2001, autoriza al Ministro de Economía y Finanzas a suscribir en representación de la República del Perú el Contrato de préstamo acordado con el gobierno del los Estados Unidos de América el financiamiento hasta por  US$ 10 000 000,00(DIEZ MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para la adquisición de trigo bajo el Programa PL 480; asimismo su artículo 3º señala que los derechos arancelarios y demás impuestos que corresponda a la importación de trigo serán depositados en la Cuenta Especial que aperture la Dirección General del Tesoro Público.

Para efecto de la aplicación de lo antes mencionado ha sido restablecida la vigencia del Código Trato Preferencial Nacional Nº 164 desde el 19.06.2001.

 

Intendencia Nacional de Técnica Aduanera