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Callao, 19 de Junio de 2,001
A los operadores de Comercio Exterior El Decreto
Supremo Nº 026-2001-EF publicado en el diario oficial "El Peruano"
el 17.02.2001, fijó en s/. 60 000 000,00 la autorización para la emisión
de documentos cancelatorios de la ley mencionada. Al 31.05.2001 se ha girado S/.53 000 000,00, por lo que se ha procedido a suspender temporalmente a partir del 16.06.2001, la utilización del mencionado código para evitar exceder el importe autorizado, hasta que el Ministerio de Economía y Finanzas amplíe la partida.
Superintendencia Nacional de Aduanas |