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Callao, 05 de Marzo del 2001 Comunicado a los Operadores de Comercio Exterior VALIDACION DEL MANIFIESTO EN LA DUA DE EXPORTACION En aplicación del Procedimiento General de Exportación Definitiva INTA-PG.02 correspondiente a las validaciones necesarias para la aceptación de la declaración única de Aduanas (DUA), en base a la reunión sostenida con fecha 24.11.2000 entre Aduanas, Terminales de Almacenamiento, Agentes Marítimos y Agentes de Carga sírvase tener presente lo siguiente: Los Agentes de Carga o sus Representantes deberán de coordinar el envío a Aduanas del Consolidado de los Documentos de Embarque oportunamente para que esta información sea validada con los datos del manifiesto en el momento de la numeración de la DUA – Exportación. Este proceso entrará en vigencia a partir del día Lunes 19 de Marzo del año 2001 para todos los envíos de exportación a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, lo cual significa que la validación de la información del manifiesto para la numeración de la DUA – Exportación será de carácter obligatorio y motivo de rechazo. En tal sentido, se recomienda a los Agentes o Despachadores de Aduana tener mayor cuidado en la información del manifiesto de carga que transmitan. Especialmente en lo referente a: - Numero de Bultos y Pesos realmente embarcados.
Cabe indicar que en la Aduana Aérea actualmente se encuentra funcionando en un 98% la validación obligatoria de los datos del Manifiesto que están siendo transmitidos por los Terminales de Almacenamiento. Atentamente, ADUANAS |